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¿Puede un bombero asturiano ser juzgado por violencia de género tras convertirse en mujer?

El caso del hombre, ahora mujer en el DNI, ha desatado un fuerte debate en foros de letrados por insólito y por su repercusión judicial

e. c.

Miércoles, 24 de mayo 2017, 02:32

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Iñigo Urien se ha topado con uno de los casos más insólitos de su carrera profesional y que ha desatado un debate en foros de letrados. Defiende a un cliente en un proceso de divorcio, al que su pareja ha denunciado por maltrato psicológico en varias ocasiones, y que en los largos seis años de litigio en los juzgados ha iniciado un cambio de sexo. Con un DNI en el que figura ya su identidad femenina y el proceso físico de reasignación de sexo en marcha, ahora es ante los tribunales una mujer acusada por otra mujer. Según publica El Correo Esta circunstancia, a juicio del letrado, puede cambiar el rumbo del proceso y marcar un precedente en procesos de violencia de género.

El cliente del abogado, cuya identidad no puede facilitar el letrado, reside en Asturias. Él, ella ahora, tiene 48 años y trabaja como bombero; y su expareja, de 45 años, es administrativa. Tienen dos hijos de corta edad. La mujer presentó varias denuncias contra su entonces marido por maltrato psicológico: insultos, vejaciones...y pidió el divorcio. Urien explica que todas las acusaciones que han llegado a los juzgados «han sido archivadas», aunque aún quedan varias denuncias por resolverse en los tribunales. Los dos progenitores comparten la custodia de los niños.

El proceso podría haber quedado en un divorcio conflictivo, complicado con un caso de supuesto maltrato psicológico de un hombre a una mujer, considerado violencia de género. La duda se plantea cuando durante los siete años de batalla judicial, el exmarido lleva a cabo un proceso de reasignación de sexo. «Se le ha concedido ya el cambio de nombre en el registro tras someterse al tratamiento hormonal, previo a la intervención quirúrgica», añade Urien, que asegura que en los foros de abogados en los que se debate este caso no hay ningún letrado que conozca una situación similar.

Legislación más favorable

A juicio del abogado, el cambio de sexo de su cliente sí debería tener una repercusión en el proceso judicial. «Mi criterio profesional es que no se le puede aplicar la legislación de violencia de género porque tiene diagnosticada una disforia de género. En caso contrario, no podría cambiar su nombre y sexo en el registro, además de que no se le hubiera prescrito el tratamiento hormonal, que también es necesario durante dos años para la nueva identidad en el DNI», argumenta. La disforia de género es «una contradicción entre la identidad sexual y el sexo biológico de la anatomía y cromosómico».

La violencia de género está tipificado como un delito que comete un hombre sobre una mujer. La víctima es, según el código penal, «quien sea o haya sido cónyuge del maltratador o aquella persona que esté o haya estado ligada a él por una relación de afectividad, aun sin convivencia». Las penas son más duras para un maltratador que para el autor de una agresión que no tenga la consideración de violencia de género.

La clave en el caso del bombero asturiano es determinar desde cuándo se establece que el acusado era mujer: en el momento en que se fija su nueva identidad en el registro o desde antes. «En mi opinión, a todos los efectos su condición de mujer es desde el nacimiento, lo que serviría para no aplicarle la ley como si fuera un hombre cuando se cometieron los presuntos hechos», dice el letrado. El propio diagnóstico de disforia de género, recalca, «implica que siempre ha sido mujer», con lo que podría beneficiarse de la legislación más favorable.

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