De una manera más gráfica para facilitar su comprensión, Granma ofrecerá a sus lectores, todos los jueves y por varias semanas, algunos detalles y precisiones sobre el proceso electoral, cuya convocatoria fue librada por el Consejo de Estado el pasado 14 de junio. Para este empeño nos hemos apoyado básicamente en la Ley 72, Ley Electoral, del 29 de octubre de 1992. También contamos con los especialistas de la Comisión Electoral Nacional (CEN).
¿QUIÉN ORGANIZA Y DIRIGE LAS ASAMBLEAS DE NOMINACIÓN DE CANDIDATOS A DELEGADOS?
Las asambleas de nominación de candidatos a delegados las organizan, dirigen y presiden las correspondientes Comisiones Electorales de Circunscripción.
¿CÓMO SE EJERCE EL DERECHO A PROPONER Y NOMINAR A LOS CANDIDATOS A DELEGADOS A LAS ASAMBLEAS MUNICIPALES DEL PODER POPULAR?
El derecho de proponer y nominar a los candidatos se ejerce en asambleas generales de electores de áreas de una circunscripción electoral, de la que aquellos sean electores.
¿QUIÉNES TIENEN DERECHO A PROPONER Y NOMINAR A LOS CANDIDATOS A DELEGADOS A LAS ASAMBLEAS MUNICIPALES DEL PODER POPULAR?
El derecho a proponer y nominar a los candidatos a delegados a las Asambleas Municipales del Poder Popular es potestad exclusiva de los electores.
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Fred dijo:
1
20 de julio de 2017
05:11:05
Cubano de a pie dijo:
2
20 de julio de 2017
07:20:08
rosalen gonzalez dijo:
3
27 de enero de 2018
18:24:49
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