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Publicado 28/04/2015 12:30:00

Diputados UDI proponen inhabilidad a dirigentes deportivos que financien barras o hinchas

La moción ingresada a trámite en la Comisión de Deportes, modifica la ley 19.327 sobre Violencia en los Estadios, para establecer la inhabilidad perpetuta para ejercer la dirigencia en una organización deportiva.

La moción ingresada a trámite en la Comisión de Deportes, modifica la ley 19.327 sobre Violencia en los Estadios, para establecer la inhabilidad perpetuta para ejercer la dirigencia en una organización deportiva.

El texto fue presentado por los diputados UDI Celso Morales; Romilio Gutiérrez; Gustavo Hasbún; Javier Hernández; José Antonio Kast; Patricio Melero y Felipe Ward, junto a las diputadas Claudia Nogueira y Marisol Turres, cuyo objetivo es modificar la ley N° 19.327 para sancionar a aquellos dirigentes deportivos que financian las actividades de las barras o hinchas.

La moción (boletín 9974) plantea que la masividad de los espectáculos de fútbol profesional ha implicado la progresiva incorporación de elementos de carácter delictual y la propagación de desórdenes en dichos espectáculos.

Actualmente, tanto la citada ley como el plan Estadio Seguro reflejan la gestión a nivel de Estado para el tratamiento de la violencia en los estadios y señalan un marco para la sanción de todos estos ilícitos.

Sin embargo, los autores de la iniciativa plantean que todos los estamentos ligados al fútbol tienen su cuota de responsabilidad en esta materia y, particularmente aquellos dirigentes que han promovido la articulación de barras, que con el tiempo han degenerado en verdaderas organizaciones criminales dedicadas a hacer del estadio un campo de batalla entre hinchas, con el correspondiente perjuicio para estos y los propios jugadores.

La ley 19.327 consagra esta conducta como lesiva y fija sanciones directas al prohibir "a las personas naturales que representen legalmente a organizaciones deportivas, a los miembros del directorio o accionistas de sociedades anónimas deportivas y a los dirigentes, jugadores, miembros del equipo técnico y demás funcionarios de una organización deportiva entregar personalmente o por interpósita persona cualquier tipo de financiamiento o apoyo económico o material a los hinchas o simpatizantes de un club de fútbol”.

La sanción a aplicar en estos casos es una multa de cien a doscientas unidades tributarias mensuales, a beneficio fiscal, que se duplicará en caso de reincidencia.

Inhabilidad perpetua

No obstante aquello, la presente moción propone una sanción mayor, como es la inhabilitación perpetua del dirigente involucrado y que sea reincidente.

De esta manera, dicho dirigente quedará impedido de desempeñarse como tal en cualquier organización deportiva o vinculada al deporte, sea de carácter profesional o amateur.