Las penalizaciones por incumplimiento de contrato están exentas de pagar IVA

Las penalizaciones por incumplimiento de contrato están exentas de pagar IVA
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En la mayoría de las ocasiones en las que hablamos de tarifas móviles estás se comunican sin IVA, en parte para parecer más baratas y en otra parte porque no en todo el territorio español el impuesto a aplicar tiene el mismo tipo.

Pero así como a las tarifas hay que añadirles el impuesto correspondiente, siendo el 21% el tipo general en la actualidad, no ocurre así lo mismo con las penalizaciones por incumplir un contrato, que no tienen que pagar IVA pero los operadores si que lo han estando aplicando durante años.

Desde hace años son muchos los clientes de operadores móviles que por haber abandonado la compañía en la que estaban o por cambiar la tarifa han incumplido el contrato firmado y por ello el operador les ha reclamado una penalización recogida en el contrato a la que había que sumarle el IVA.

Pero no han sido pocos, solo hay que buscar en Internet los usuarios que han expuesto sus casos, los que han reclamado la no aplicación del IVA a un concepto en el que siempre ha habido dudas de si se le debería aplicar o no, algo que ahora los operadores ya tienen claro.

No se puede aplicar IVA en las penalizaciones

En más de una ocasión los organismos correspondientes han comunicado a usuarios que han requerido de su intervención que no es legal el cobro del IVA ya que este se debe aplicar en pagos que supongan la compra de un producto o la prestación de un servicio, algo que no aplica a las penalizaciones. Hacienda lo dice más claro:

Efectivamente, los pagos en concepto de indemnización que recibe la compañía no suponen la realización de ninguna operación sujeta al impuesto, puesto que no corresponden a ningún acto de consumo. No procede, en tales circunstancias, realizar ningún acto de repercusión tributaria, dada la naturaleza indemnizatoria de los pagos en cuestión

Ahora que nadie espere que los operadores por voluntad propia se presten a devolver las cantidades cobradas incorrectamente, ya que serán los usuarios afectados, los que hayan abonado una penalización en la que se aplicó IVA o los que tengan pendiente el pago, los que tengan que reclamar a su operador la devolución del importe o la no aplicación del impuesto.

Gracias a Emilio por el aviso.

Imagen | Dave Dugdale

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