El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite la impugnación del Gobierno central contra el acuerdo del Parlamento catalán del pasado 23 de enero, en el que defendía que Cataluña es "sujeto jurídico y político soberano", y lo ha suspendido provisionalmente.

La impugnación del Gobierno central implica la suspensión temporal de dicho acuerdo durante cinco meses en tanto no decida el alto tribunal sobre el fondo del asunto. La Constitución obliga al TC a que, al admitir a trámite el recurso, adopte también la suspensión temporal.

Será la primera vez en democracia que el TC suspende un acuerdo de un parlamento autonómico, pues aunque el precedente más cercano es lo sucedido con el Plan Ibarretxe, la situación no es la misma. Así, las fuentes jurídicas consultadas por Efe no coinciden en interpretar cuál podría ser el efecto práctico de la suspensión.

El TC consultó hace días al Parlament para que aclarase cuál de los dos acuerdos por el derecho a decidir que ha adoptado en los últimos meses, el primero en enero y el segundo en marzo, es válido. El segundo acuerdo abogaba por abrir un diálogo con el Gobierno.

El Parlament respondió que ambos son válidos, es decir, que el segundo no anula el primero, el impugnado por el Gobierno central.

El TC podría admitir a trámite, pero también podría decidir hoy dar un plazo de diez días a las partes para que formulen alegaciones.

El pasado 13 de marzo el Parlamento catalán aprobó por una amplia mayoría, más de dos tercios de la Cámara (104 votos), una resolución en la que se instó al Govern de la Generalitat a "iniciar un diálogo" con el Gobierno del Estado para celebrar una consulta de autodeterminación en Cataluña. Esta iniciativa fue votada a favor por CiU, ERC, ICV-EUiA y PSC.

Previamente, el 23 de enero pasado, el Parlament dictó una primera declaración soberanista que no contó con el apoyo del PSC y sí recabó el aval de CiU, ERC e ICV.

En esta primera declaración, el Parlament defendía que Cataluña es "sujeto jurídico y político soberano", y contó entonces con el apoyo del 63 % de diputados de la Cámara catalana, frente al 77 % de la segunda resolución soberanista.

Además de estos asuntos, el pleno de esta semana del TC tiene sobre la mesa, entre otros, el recurso de amparo pidiendo la anulación de la condena del Supremo al expresidente del Parlamento Vasco, Juan María Atutxa.

Junto a ello, debe responder a la petición de aclaraciones del abogado del Estado a un reciente acuerdo del TC que anulaba varios artículos de la Ley de Capitalidad.

Según el artículo 161 de la Constitución, "el Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las comunidades autónomas".

"La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida pero el Tribunal deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses", añade el citado artículo.