El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Generalitat contra los reales decretos aprobados por el gobierno socialista en 2010 que otorgaban a la sociedad Capricorn Spain, filial de Cairn Energy, cinco permisos de investigación de hidrocarburos en la costa valenciana. El alto tribunal ya rechazó en febrero el recurso presentado en el mismo sentido por el Ayuntamiento de Valencia. También desestimó el recurso en contra de uno de los permisos presentado por el Ayuntamiento de Gandia.

El fallo hecho público hoy de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TS rechaza las alegaciones de carácter procedimental y medioambientales y de sostenibilidad alegadas por el Gobierno valenciano, y concluye que la extracción de hidrocarburos en zonas marinas no es incompatible con la protección del hábitat natural.

Según recoge la sentencia difundida hoy por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, Capricorn Spain Limited obtuvo el 23 de diciembre de 2010 permiso, mediante real decreto, para investigar futuras prospecciones y extracciones de petróleo en las áreas denominadas "Alta Mar 1", "Alta Mar 2", "Albufera", "Benifayó" y "Gandía", en el litoral valenciano.

Entre otras quejas, la Generalitat trató de impugnar las concesiones alegando impacto ambiental, ausencia de evaluación ambiental, efectos en la actividad pesquera, consecuencias para el turismo, incompatibilidad de las prospecciones petrolíferas con el modelo energético de la Comunitat Valenciana e incremento del riesgo de accidentes por vertidos. También reclamó la suspensión de la concesión por posible afección a la fauna marina, calidad de las aguas costeras, modelo territorial y del paisaje, actividades portuarias y a Red Natura 2000, al tiempo que invocó en principio de precaución.

El tribunal rechaza estas quejas "dada su generalidad y la ausencia de toda precisión sobre infracciones concretas y específicas de los preceptos legales supuestamente vulnerados", y recuerda que todas las actividades que se lleven a cabo han de estar precedidas por norma de los estudios sísmicos, geológicos y medioambientales correspondientes para prevenir los riesgos que pudieran darse.

El tribunal remite a la directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitat naturales y de la fauna y flora silvestre, y concluye que las actividades de extracción de hidrocarburos en zonas marinas "no resulta incompatible con la protección de los hábitat naturales". Insiste, no obstante, en que la evaluación las repercusiones medioambientales resulta "exigible en el momento de la ejecución de los trabajos autorizados".

Esta resolución tiene lugar después de que hace tres meses Cairn Energy renunciara al permiso de investigación de hidrocarburos denominado "Albufera", frente al litoral valenciano de El Saler, para centrarse en los otros cuatro permisos, situados a más de 40 kilómetros de la costa, por su "mayor probabilidad de éxito".